La Procuraduría General de la Nación confirmó la suspensión por nueve meses impuesta al concejal de San José del Palmar (Chocó), Carlos Augusto Ocampo Alzate, por irregularidades en contratación.
El ente de control estableció que el disciplinado, como presidente del cabildo municipal, celebró un contrato de prestación de servicios para suplir la ausencia temporal del secretario general de la corporación sin verificar su idoneidad, sin contar con la disponibilidad presupuestal y sin garantizar la publicación de documentos contractuales en el sistema electrónico SECOP.
Para el Ministerio Público, Ocampo Alzate interfirió en el funcionamiento de la corporación pública, afectó la validez de sus actuaciones, el correcto funcionamiento de la administración y arriesgó el derecho del contratista a recibir una retribución por sus servicios.
Adicionalmente, aunque la normatividad vigente le indicaba que debía convocar a la Mesa Directiva para nombrar a una persona idónea por el tiempo que durara la ausencia temporal del titular, optó por suscribir un contrato de prestación de servicios vulnerando la Constitución, la ley y el reglamento interno de cabildo.
La falta fue calificada por la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular como grave a título de culpa grave.
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— Procuraduría General de la Nación (@PGN_COL) February 11, 2024
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