«Aún no existe un plan interinstitucional claro para erradicar la minería ilegal en rl río Atrato»: informe sobre el seguimiento a la Sentencia T-622 de 2016
En informe presentado al Tribunal de Cundinamarca sobre el cumplimiento de la Sentencia T-622 de 2016, que reconoce al río Atrato, su cuenca y sus afluentes como una entidad sujeto de derechos, el comité de seguimiento conformado por representantes de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo y de la Naturaleza determinó que, «a pesar de los esfuerzos de diversas entidades y comunidades locales, aún no existe un plan interinstitucional claro para erradicar la minería ilegal en la región».
Tras meses de investigación, asistencia a mesas intersectoriales y requerimientos a entidades del orden nacional como la Fiscalía General de la Nación, la Unidad de Información y Análisis financiero (UIAF), la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), los Ministerios de Defensa, Ambiente y Desarrollo sostenible y la Alta Consejería Presidencial para las Regiones, el comité evidenció la falta de una estrategia conjunta para neutralizar y erradicar definitivamente las actividades de minería ilegal que se realizan no solo en el río Atrato y sus afluentes, sino también en el resto del departamento del Chocó.
«Acciones aisladas, ausencia de un liderazgo claro del Gobierno Nacional, una reducción del 93% en las minas intervenidas (pasando de 151 en 2023 a solo 6 en lo corrido de 2025), una caída en las capturas por explotación ilícita de minerales (pasando de 115 en 2017 a solo 2 en 2023 y 2025), la rápida reposición de maquinaria por parte de redes criminales y la falta de ocupación estatal de las áreas liberadas, son síntomas de la carencia de un mapa de ruta que concrete programas de erradicación de minería ilegal conforme a la sentencia de 2016», señala el informe.
Entre varias recomendaciones que el comité de seguimiento formula en su informe al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, se propone que Colombia adopte un Estatuto contra la explotación ilícita de minerales, que la Consejería Presidencial coordine la interacción entre ciudadanía y entidades, que se vincule a estos procesos a entidades como el Ministerio de Minas y Energía y la Agencia Nacional de Minería (ambas con incidencia directa en los asuntos relacionados con minería ilegal y minería no autorizada en el país), y que el Ministerio de Defensa, en un plazo no mayor a tres meses, presente un plan de choque con una propuesta para la neutralización y erradicación definitiva de la minería ilegal en el río Atrato y sus afluentes.
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