El Juzgado Noveno Administrativo Oral del Circuito de Quibdó, por medio del auto interlocutorio 775 del 10 de octubre, Admitio demanda de Acción Popular que busca proteger los derechos de habitantes del Corregimiento de Cupica y se ordena a la Gobernación del Chocó y al Municipio de Bahía Solano, realizar los tramites de manera inmediata para las reparaciones que sean necesarias, de conformidad a las prestaciones del Personero.
La cual fue presentada por el Personero Municipal de Bahía Solano Carlos Mario Cardona Pérez en defensa de los derechos de los habitantes de Cupica y en contra del Departamento del Chocó y Municipio de Bahía Solano, por la presunta vulneración de los derechos e intereses colectivos amenazados, la vulneración y violación de los derechos colectivos a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, derecho al acceso a una infraestructura de servicios que garantice el acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea efectiva y oportuna en favor de los habitantes del Corregimiento de Cupica .
Con la Acción Constitucional presentada, el Personero Municipal ,busca que se ordene a la Gobernación del Chocó y al Municipio de Bahía Solano, realicen de carácter urgente todas las acciones que sean necesarias para la reparación y mejoramiento del Puente Peatonal que permite el ingreso a dicho Corregimiento.
Además de lo anterior previa a la solicitud del Personero Municipal, el Juzgado accedió a la petición de médida cautelar solicitada por el Personero, por lo que ordena al Departamento del Chocó y al Municipio de Bahía Solano, para que se manera inmediata se adelanten los trámites correspondientes encaminados al mantenimiento y reparación de dicho puente .
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