El exrepresentante a la Cámara entregó 200 millones de pesos para que los procesos que se cursaban en su contra fueran archivados.
Por el denominado escándalo del ‘Cartel de la Toga’, la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a cuatro años y nueve meses de prisión al exrepresentante a la Cámara, Nilton Córdoba Manyoma por enviar 200 millones de pesos para que los procesos que cursaban en su contra en el alto tribunal fueran archivados.
La investigación por este caso se remonta a 20 de noviembre de 2017 cuando se dispuso compulsar copias de las declaraciones rendidas por Luis Gustavo Moreno Rivera los días 20 de octubre y 3 de noviembre de 2017 así como de los documentos que en tales diligencias allegó, en las cuales implicó en posibles conductas criminales a Córdoba Manyoma.
Y todo apunta que el congresista pretendía frenar unas investigaciones en su contra por presuntas irregularidades cuando se desempeñó como alcalde municipal de Medio Baudó (Chocó).
“El Representante a la Cámara Nilton Córdoba Manyoma entregó 200 millones de pesos al magistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia Camilo Andrés Ruiz, por medio de Luis Gustavo Moreno Rivera”, se lee en el fallo.
Detalla la Corte en su fallo que para el mes de mayo de 2016, “Camilo Andrés Ruiz se desempeñaba como magistrado auxiliar de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia” y a Al momento del ofrecimiento y entrega del dinero a Camilo Ruiz, el representante a la Cámara Nilton Córdoba “pretendía que mediante acciones y omisiones en los procesos radicados con los números 44466 y 44570, se produjeran actos probatorios por fuera de los cauces legales, todo con el fin de favorecer sus intereses procesales”.
Deja en claro el alto tribunal que el excongresiata “conocía la naturaleza y accionar delictivo de la denominada ‘Oficina’, y aun así aceptó realizar actos de corrupción para obtener beneficios procesales al margen de la ley”.
Córdoba Manyoma, Luis Gustavo Moreno Rivera y Francisco Javier Ricaurte Gómez, “actuaron concertadamente para entregar 200 millones de pesos a Camilo Ruiz como contraprestación de actos procesales que debía realizar por fuera de los cauces legales”, destaca el fallo.
En la parte resolutiva de la decisión se lee que declaró que en el presente caso “no es procedente suspender condicionalmente la ejecución de la pena por lo anotado en la motivación de esta sentencia”
Además, la corporación no concedió la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión, “por no cumplirse los requisitos legales para dicho efecto, conforme se anotó en la parte motiva”.
En el punto sexto de la decisión, la Corte dejó en firme la determinación “de dar cumplimiento a lo que mediante esta sentencia se dispone, líbrese orden de captura en contra del sentenciado y su reclusión en el establecimiento que designe el Inpec”.
“Las pruebas analizadas transmiten la convicción de que el procesado actuó con dolo, es decir, que con conocimiento y voluntad decidió ofrecer y entregar, por intermedio de su abogado Luis Gustavo Moreno Rivera, multimillonarios recursos en efectivo al magistrado auxiliar de la Corte Camilo Andrés Ruiz”, señala la sentencia condenatoria.
Deja una respuesta