La sentencia completa será dada a conocer en una etapa posterior, en la que se fijará la pena correspondiente.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia anunció la condena en primera instancia contra el exgobernador del Chocó, Francisco Abraham Palacios Mena, por irregularidades en la contratación de la primera etapa de la sede de la Universidad Tecnológica del Chocó, Diego Luis Córdoba en Istmina, un proyecto financiado con recursos del Sistema General de Regalías.
La Corte concluyó que el exfuncionario incurrió en el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, tras comprobar que tramitó y celebró negocios jurídicos sin observar condiciones esenciales de la contratación estatal.
Sin embargo, fue absuelto del delito de peculado por apropiación, al no poder comprobarse que se hubiera apropiado indebidamente de recursos públicos.
¿Cuáles son los contratos que tuvo en cuenta la Corte?
Este proceso judicial se centró en dos contratos suscritos en 2013: uno de interventoría y otro para la construcción de la primera etapa de la sede universitaria en el municipio de Istmina.
Según el fallo, el contrato de interventoría fue celebrado mediante un acuerdo interadministrativo con la universidad sin que su objeto misional justificara esa modalidad de contratación directa.
La Corte concluyó que la institución educativa no contaba con la capacidad técnica, administrativa ni logística para ejecutar la interventoría de dicha edificación, lo que llevó a que posteriormente subcontratara esas funciones con un tercero, evidenciando fallas de planeación y transparencia.
En cuanto al contrato de obra, el alto tribunal determinó que se adjudicó sin estudios previos completos sobre el terreno, los diseños y las condiciones técnicas del proyecto.
Además, se firmó el acta de inicio sin contar con licencia de construcción y el predio presentaba conflictos de ocupación por terceros, lo que impidió la ejecución normal de las obras y generó múltiples suspensiones y modificaciones contractuales.
En su decisión, la Corte estableció que existe certeza sobre la responsabilidad penal de Palacios Mena por celebrar contratos sin verificar el cumplimiento de los requisitos legales esenciales. Por ello, anunció sentido condenatorio por ese delito en concurso homogéneo, mientras que dispuso su absolución por peculado.
La sentencia completa será dada a conocer en una etapa posterior, en la que se fijará la pena correspondiente por la que deberá responder el exgobernador.























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