La Sala especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia se pronunció con fecha 7 de marzo, según acta número 09 y magistrado ponente César Augusto Reyes Medina, sobre la viabilidad o no de proferir auto inhibitorio en la investigación previa adelantada contra el exrepresentante a la Cámara Nilton Córdoba Manyoma, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de prevaricato por omisión en calidad de determinador.
Después de un análisis profundo y cotejación de diferentes versiones la Corte determinó lo siguiente en un fallo de 54 páginas; con el respaldo de seis magistrados, uno de ellos salvó su voto.
Esto fue lo que se decidió:
Artículo primero: Inhibirse de abrir de abrir investigación formal en contra del exrepresentante Nilton Córdoba Manyoma, de conformidad con lo analizado en la parte motiva de esta providencia.
Artículo Segundo: En firme esta decisión, la secretaría de la Sala proceda al archivo de las diligencias. Contra esta providencia procede únicamente recurso de reposición.
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