Ante el Consejo de Estado fue interpuesta una demanda de nulidad electoral contra Nubia Carolina Córdoba Cury por supuestamente haber incurrido en la prohibición de doble militancia.
Al magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez, de la sección Quinta del Consejo de Estado, le correspondió por reparto el medio de control que pretende la nulidad del acto que declaró la elección de Nubia Carolina Córdoba Cury como gobernadora del Chocó para el período 2024-2027.
La demanda aduce que en este caso del Medio Atrato la candidata Córdoba Cury debía apoyar al candidato Yair Diomedes Cuesta Córdoba, quien estaba inscrito por el partido liberal.
Se pide que se anule el acto de elección de Nubia Carolina Córdoba Cury como gobernadora del Chocó para el período 2024-2027 citando que se configura la doble militancia en la modalidad de apoyo al “apoyar aspirantes inscritos o respaldados por partidos y movimientos políticos que difieren de aquel al que pertenece el accionado. Visto el apoyo como los actos positivos y concretos que demuestren el favorecimiento político al candidato de otra organización”.
El numeral 8 del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA, dice: Causales de anulación electoral. Los actos de elección o de nombramiento son nulos en los eventos previstos en el artículo 137 de este Código y, además, cuando: … 8. Tratándose de la elección por voto popular, el candidato incurra en doble militancia política al momento de la elección”.
El artículo 2º de la Ley 1475 de 2011, establece: “Quienes se desempeñen en cargos de dirección, gobierno, administración o control, dentro de los partidos y movimientos políticos, o hayan sido o aspiren ser elegidos en cargos o corporaciones de elección popular, no podrán apoyar candidatos distintos a los inscritos por el partido o movimiento político al cual se encuentren afiliados.”
En la demanda se anexan, entre otros documentos, fotos de Nubia Carolina Córdoba con Graciela Moreno Moya y fotos de Córdoba Cury participando en reuniones políticas en una sede de Graciela Moreno Moya.
Hace pocas semanas, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Alexander López Maya como senador de la República para el período 2022 – 2026, al encontrar que incurrió en la prohibición de doble militancia.
La Sala indicó que López Maya pertenece y era candidato al Senado por el Polo Democrático Alternativo, pero que apoyó la candidatura de Jorge Édgar Flórez Herrera quien fue inscrito por el Partido Alianza Verde para la Cámara de Representantes por el departamento de Santander para el período 2022-2026.
Fuente: Chocó 7 días























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