En su decisión, el juez ordenó al Ministerio de Educación Nacional, representado legalmente, que en coordinación con el Consejo Superior Universitario, el Consejo Académico y el Rector de la universidad, adopten medidas inmediatas para reanudar las clases y demás actividades académicas. Esta medida deberá implementarse dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la sentencia, evaluando incluso el uso de métodos virtuales para garantizar la continuidad del proceso educativo, considerando que la mayoría de los estudiantes son afrodescendientes y oriundos de la región Pacífica.
El contexto del fallo
La tutela fue presentada por los docentes José Manuel Valencia Robledo y Christian Martínez Valencia, quienes alegaron la vulneración de sus derechos fundamentales a la salud, vida, integridad física y dignidad humana, debido al no pago oportuno de sus salarios. Sin embargo, el juez negó el amparo solicitado, argumentando que no se puede exigir el pago de salarios por servicios no prestados durante el cese de actividades.
Educación como servicio público esencial
El juez fue más allá de las pretensiones iniciales y, en el marco de sus facultades ultra y extra petita, determinó que la educación es un servicio público esencial que no puede ser interrumpido por huelgas o ceses prolongados de actividades. Tras un enfoque diferencial étnico y con base en las competencias descritas en la Ley 1740 de 2014, concluyó que el Ministerio de Educación Nacional había vulnerado el derecho a la educación al no tomar medidas efectivas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el claustro universitario.
Medidas adicionales y compulsas de copias.
Ante el prolongado cese de actividades y los desmanes derivados de la situación, el juez compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República. Estas entidades deberán adelantar las investigaciones y acciones pertinentes para determinar responsabilidades administrativas, fiscales o penales.
Un llamado a la acción
Esta sentencia reitera la importancia de la educación como un derecho fundamental, especialmente en regiones como el Pacífico Colombiano, donde su acceso es crucial para el desarrollo social y cultural de las comunidades afrodescendientes.