En oficio remitido al despacho del alcalde Martin Sanchez Valencia, la Procuradora Regional de Instrucción del Chocó, Betty Amancy Córdoba Mosquera, solicito al burgo maestre dar claridad de las razones que llevaron a la administración municipal a expedir el decreto 0185 del 05 de julio del presente año, en el cual se autoriza el cierre temporal de algunos ejes viales en el centro de Quibdó y se toman otras disposiciones.
Como se recuerda el mandatario de los quibdoseños dispuso mediante este decreto:
ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar el cierre temporal y/o transitorio de los siguientes ejes viales: la calle 31 entre carreras 3 y 1, la carrera 5 entre las calles 27 y 29 de la ciudad de Quibdó, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente Decreto.
ARTICULO SEGUNDO. En los tramos viales objeto del articulo primero del presente acto, permitir la circulación exclusivamente de peatones de manera transitoria y temporal, con el fin de garantizar su desplazamiento y
desempeño seguro en la realización de sus actividades y necesidades de sano esparcimiento.
ARTICULO TERCERO. El cierre en lo ejes viales mencionados en el articulo primero del presente Decreto, será en los horarios siguientes:
Viernes, y sábados desde las 8 pm hasta las 5 am Domingos sin lunes festivos desde las 8 pm hasta la 1 am Domingos con lunes festivos desde las 8pm hasta las 3 am. Lunes festivos desde las 8pm hasta la 1 am.
ARTÍCULO CUARTO. Autorizar el acceso de vehículos a la Calle 31, sólo para ingresar a los parqueaderos públicos o privados que existen en el sector, para los residentes, y para los comerciantes y/o empresarios con un interés legitimo, hasta agotar la capacidad de disponibilidad de dichos parqueaderos.
PARAGRAFO1: Las vías alternas para los cierres de los ejes viales en mención son:
Para la calle 31: las carreras 1 y 3, las calles 30 y 32 Para la carrera 5: las carreras 4 y 6, las calles 27, 28 y 29.
Para la representante del Ministerio Público, se observa que con este decreto se limitarían derechos fundamentales a los habitantes de la ciudad, como el derecho a la movilidad, al igual que el transito de ambulancias y pacientes que por la necesidad de acceder a los servicios del hospital San Francisco de Asís, pueden verse afectado el derecho fundamental a la vida, en una eventualidad derivado de la ubicación del mismo.
En entrevista otorgada a este medio de comunicación, el Presidente de la mesa directiva del Concejo de Quibdó, Cesar García, aseguro que aunque el POT es obsoleto, aun rige o esta vigente, lo cual no puede ser pasado por alto por el burgomaestre so pena de caer en un prevaricato por acción, ya que el decreto debe fundamentarse el el uso del suelo, el cual esta dispuesto en el vetusto Plan de Ordenamiento Territorial, este hecho aparte de que se salta la norma puede ser considerado como una alcaldada más de esta administración.
Por otra parte el secretario de salud municipal, Jesús Delgado en entrevista entregada al canal CNC, dejo entrever de que se trata de un decreto que busca aliviar las tensiones de una población que padeció encerrada por la pandemia, con la aprobación del decreto se abren las puertas del esparcimiento colectivo y se articularían la promoción de eventos culturales entre otros.
Parece que el secretario de salud se olvido que a pesar de que el gobierno nacional decreto el fin de la emergencia sanitaria, aun mantiene la prevención en lugares donde no se han cumplido las metas en materia de vacunación y que en este departamento, solo el municipio del Carmen de Atrato pueden sus habitantes andar en estos tipos de establecimientos sin tapabocas, Quibdo no entraría ahí.
El Ministerio Publico, queda en espera de la respuesta del alcalde, para ver con que argumentos va a defender su decisión.