De conformidad a la demanda de acción popular que en el año 2022 había presentado ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó, el Personero Municipal de Bahía Solano Carlos Mario Cardona Pérez, por medio de la cual buscaba que se protegieran los derechos colectivos a la seguridad y salubridad pública, a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, al goce de un ambiente sano, de los habitantes del Corregimiento del Valle , especialmente los habitantes de los Barrios Mira flore y la Unión en el Municipio de Bahía Solano, quienes reiterativamente vienen siendo afectados por el desbordamiento del caudal del Rio Valle, el cual ya se ha llevado consigo un sin número de viviendas.
El Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó, teniendo en cuenta los argumentos de hecho y de derecho, así como el material probatorio allegado con la demanda por el Personero Municipal en defensa de los intereses de su comunidad por medio de la sentencia número 485 del 15 de diciembre de 2022, administrando justicia en nombre de la República y por mandato de la ley resolvió lo siguiente:
Resuelve :
AMPARAR los derechos colectivos a la seguridad y salubridad pública, a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, al goce de un ambiente sano, de los habitantes del Corregimiento El Valle (Barrios Mira Flores y la Unión) en el Municipio de Bahía Solano – Chocó.
En consecuencia de lo anterior ordenó :
ORDENA: al Municipio de Bahía Solano – Chocó que, en coordinación con el Departamento del Chocó, la Presidencia de la República, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, la Unidad Nacional para la Gestión de Desastres -UNGRD, la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó
CODECHOCO-, en el marco de sus competencias constitucionales, legales y
reglamentarias
Adelanten, en el término máximo de cuatro (4) meses, contado a partir de la ejecutoria de esta providencia, las gestiones administrativas, presupuestales y financieras para obtener la reubicación definitiva del Corregimiento El Valle (Barrios Mira Flores y la Unión) en el Municipio de Bahía Solano – Chocó, teniendo en cuenta los principios de concurrencia, subsidiaridad y coordinación previstos en la Ley 1523 y las competencias establecidas en el Decreto Ley 4819 de 2010.
Municipio de Bahía Solano – Chocó, y la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó -CODECHOCO-, estructuren y gestionen un Plan de Acción, con actividades a corto, mediano y largo plazo, encaminadas a proteger la vida, bienes e integridad personal de los habitantes del Corregimiento El Valle (Barrios Mira Flores y la Unión) en el Municipio de Bahía Solano – Chocó y así evitar la consumación de riesgos que afecten su derechos e interés colectivos a la seguridad y prevención de desastres previsibles.

Dicho plan deberá conformar mesas técnicas que contribuyan a su estructuración.
ORDENAR a la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó -CODECHOCO- que, en el marco de sus competencias constitucionales, legales y reglamentarias y en desarrollo de los principios de solidaridad, coordinación, concurrencia y subsidiaridad positiva:
1) apoye al Municipio de Bahía Solano – Chocó en la implementación de los procesos de gestión de riesgo y en los estudios necesarios para el conocimiento y la reducción del riesgo;
2) realice actividades de análisis, seguimiento, prevención y control de desastres en Bahía Solano, en coordinación con el Municipio, así como con las autoridades competentes; y
3) asista al Municipio y a las demás autoridades que tengan competencias en materia de prevención del riesgo en ese territorio, en aspectos medio ambientales en la prevención y atención de emergencias y desastres, por las razones expuestas en la parte motiva de la providencia.
CONFORMAR un Comité para la verificación del cumplimiento de las órdenes dadas en la sentencia, el cual será integrado por, el Director de la Unidad de Gestión del Riesgo del Municipio de Bahía Solano – Chocó, un delegado de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó
CODECHOCO-, un Delegado de la Nación – Presidencia de la República y del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el demandante y el señor Procurador Judicial .

El fallo judicial marca un precedente en cuanto a la protección de los derechos colectivos de la comunidad del valle, teniendo en cuenta que el estado colombiano representado en diferentes instituciones además de reubicar con todas las condiciones propias a la dignidad humana a los habitantes de los barrios que menciona la sentencia , simultáneamente debe implementar otras acciones a mediano, corto y largo plazo para proteger a la comunidad de los efectos negativos que produce el desbordamiento del rio valle, además de lo anterior las familias que ya perdieron sus viviendas dentro de un eventual proyecto de reubicación podrán acceder a tener una vivienda digna.
Cómo medio informativo se resalta el trabajo de la Personeria Municipal de Bahía Solano, al logar ganar la demanda de acción popular a diferentes instituciones de rango Municipal, Departamental y Nacional, lo cual contribuirá a mejorar las condiciones de vidas de un alto numero se familias de la comunidad del valle; de admirar el trabajo que muestra este Personero.























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