De conformidad con lo señalado en el artículo 208 y siguientes de la ley 136 1952 de 2019, en concordancia con la ley 136 de 1994, el Personero Municipal de Bahía Solano apertura cinco indagaciones previas con el fin de realizar las investigaciones que sean necesarias para determinar las posibles irregularidades halladas en la revisión de los cumplimientos a la ejecución de los recursos del Sistema General de Participación del Municipio en la vigencia 2019 y determinar así el posible o los posibles servidores públicos responsables de las omisiones o irregularidades.
La Primera Indagación se fundamenta en un hallazgo referente a la Supervisión del Convenio 049 del 2018 correspondiente al programa de alimentación escolar PAE.
La segunda Indagación hace referencia a la Construcción Rezago Presupuestal 2019.
» La Personería observo que el Municipio de Bahía Solano no expidió acto administrativo de constitución de las cuentas por pagar correspondientes a las vigencias 2018 y 2019”.
“De igual manera al realizar la confrontación de los valores contenidos en la Resolución N° 1532 del 31 de diciembre de 2019, por medio del cual se constituyen las reservas presupuestales de la vigencia 2019 por valor de $ 887.651.854, con la ejecución presupuestal de gastos, se observa que fueron constituidas por mayor valor, ya que de acuerdo con la ejecución presupuestal las reservas acienden a $ 509.479.282 y las cuentas por pagar a $ 1.137.398.279”.
“Lo anterior podríamos decir que se presenta por debilidades en la verificación y seguimiento de la información presupuestal, ya que presentan inconsistencias las cuales deben ser investigadas ”.

Otros de los hallazgos y que ameritó la apertura de una tercera indignación corresponde a la Incorporación de Rendimientos Financieros.
“ En este Al analizar los extractos bancarios de las cuentas en donde el Municipio de Bahía Solano administro los recursos del Sistema General de Participaciones en la vigencia 2019, se estableció que se generaron rendimientos financieros por $ 6.684.719, verificados los decretos de adicción y reducción del presupuesto de rentas y gastos de la vigencia 2019 proferidos por la administración municipal, se estableció que no se adicionaron los rendimientos financieros provenientes del SGP, por lo que corresponde determinar que ocurrio con los mismos «
La indagación número cuarta tiene relación con los Registro Contables de los Recursos FONPET.
“El Agente del Ministerio Público en Bahía Solano al realizar la verificación de los estados contables, del Municipio, certificados con corte a 31 de diciembre del 2019, al igual que la información rendida a la Contaduría General de la Nación, detectó que el ente territorial, no efectuó registro contable de la partida asignada para el componente FONPET, correspondiente a la vigencia 2019, por valor de $ 57.163.866”.
“Expresa que dicha situación se ha podido presentar por la debilidad del área financiera y contable en el proceso de conciliación de la información de los recursos asignados correspondientes a la transferencia del Sistema General de Participación FONPET, lo que conlleva a que los estados contables no reflejaran la realidad financiera del ente territorial para dicha vigencia «.
Otra de las Indagaciones o Investigaciones Previa adelantas por el Personero Municipal, tiene que ver con la Supervisión del Convenio 01 del 2019 relacionado con el Programa de Alimentación Escolar PAE.
Según el Personero La Ley 1474 de 2011, en su Artículo 83, establece: “Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelarla transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda”.
“La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados”.
Dice el Personero que el Municipio de Bahía Solano suscribió con una Fundación, el Convenio N° 1 del 28/01/2019 por 97 días de operación PAE regular y 153 días jornada única; con el objeto de: “Aunar esfuerzos para prestar el servicio de alimentación escolar a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes registrados, priorizados y focalizados en la matricula oficial SIMAT: de las Instituciones y centros educativos oficiales del Municipio de Bahía Solano, dentro del convenio número 0049 del 28 de diciembre de 2018, celebrado entre la Gobernación del Departamento del Chocó y el Municipio de Bahía Solano, de conformidad con los estudios previos elaborados por la entidad y los lineamientos técnicos y administrativos del PAE – MEN, contenidos en la relación 16432 de 2015.
“ hay informes producto de auditorías donde se determino que La administración Municipal de Bahía Solano, no suministro informe de seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato, que permitieran establecer la realización de esta labor en forma permanente y que reflejen el seguimiento oportuno al servicio prestado por el operador, contrariando lo establecido en las anteriores normas; la Administración Municipal de Bahía Solano no suministro la información referente a la ejecución del Convenio N° 001 del 28/01/2019, lo cual no permitió que en su momento la entidad competente pudiese arealizar el análisis frente al cumplimiento del mismo, tenemos pruebas donde se solicitó por parte de la Contraloría el inicio de Proceso Administrativo Sancionatorio; no fueron presentados los informes de la supervisión y control ejercido en la ejecución del PAE de la vigencia 2019, en el Municipio de Bahía Solano, ni los informes de seguimiento que permiten establecer el cumplimiento de esta labor en forma permanente y que reflejan el seguimiento oportuno al servicio prestado por el operador, contrariando lo establecido en las normas antes mencionadas, son situaciones graves que en la respectiva investigación deben ser aclaradas.
El representante del Ministerio Público en Bahía Solano , expreso a este medio informativo lo siguiente.
«Estas indagaciones son de carácter previo , se aperturan con el fin de determinar los posibles responsables de las omisiones y/o irregularidades de conformidad al material probatorio que hemos recaudado el cual puede ser controvertido por los disciplinados, con estás investigaciones no se quiere decir que ya son culpables, a los implicados se les garantiza todas las condiciones para garantizarles un debido proceso y su derecho de defensa y contradicción donde podrán demostrar si son inocentes; como entes de vigilancia y control tenemos la obligación de conformidad a nuestras funciones de investigar toda acción u hecho que vaya en contra de los deberes de la función pública por eso y de conformidad a los hallazgos se procedió a iniciar indagaciones previas y en las próximas semanas se expedirán aproximadamente otras seis pues es nuestra obligación de conformidad a las funciones que nos otorga la ley, pero puede existir toda la seguridad que a todos los implicados se les garantiza un debido proceso, no podemos precisar nada más al respecto por la reserva del sumario que debe existir , de todos estos hallazgos se compulsara copia a otras entidades como la fiscalía para que dentro de sus funciones también realicen las investigaciones del caso y se determine si hay méritos o no para iniciar los respectivos procesos penales».
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