La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador del departamento de Chocó Francisco Abraham Palacios Mena por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo.
Se le impuso la pena de 72 meses de prisión; multa de 145,58 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y 88,48 meses de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas.

En la decisión se le negaron los sustitutivos de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, razón por la cual se ordenó su captura inmediata para el cumplimiento de la sanción en establecimiento carcelario en razón a la gravedad de los hechos por los que fue condenado.
La Sala concluyó que, el entonces gobernador al celebrar los contratos de obra N.º 010 y de interventoría N.º 032 de 2013, transgredió las normas y los principios previstos en la Ley 80 de 1993, afectando de manera notable a la comunidad estudiantil del Chocó.
“El dolo con el que actuó se valora de alta intensidad, teniendo en cuenta que Palacios Mena perfeccionó no solo el contrato de obra 010 sino también el de interventoría 032, suscribiéndolos sin que reunieran los requisitos exigidos legalmente, falencias que conocía directamente por haberlos tramitado él mismo cuando se desempeñaba como secretario de Infraestructura del departamento del Chocó, lo que denota que su actuar a todas luces fue premeditado, en la medida en que el plan criminal se fraguó desde su condición de secretario de Infraestructura y se perfeccionó una vez fue designado como gobernador”, dijo la Sala.
Por otro lado, Palacios Mena fue absuelto por el delito de peculado por apropiación.
Frente a la orden de ejecución inmediata de la sentencia, dio lugar a un salvamento parcial de voto del magistrado Jorge Emilio Caldas Vera.























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